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El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley Foral del Texto Consolidado del Fuero Nuevo de Navarra

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Se integra el derecho civil navarro en un documento que se tramitará en el Parlamento

Pamplona-Iruña, 17 de junio de 2020

El Gobierno de Navarra, en su sesión de hoy, ha aprobado el Proyecto de Ley Foral del Texto Consolidado de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo que comienza ahora su tramitación parlamentaria.

El Ejecutivo cumple así lo dispuesto por la Ley Foral 21/2019, de 4 de abril, que actualizaba el Fuero Nuevo Navarro, ordenaba al Gobierno de Navarra preparar un anteproyecto de ley foral que “integrase en un único cuerpo normativo, las disposiciones vigentes contenidas en la Compilación de Derecho Civil de Navarra” e instaba a la remisión al Parlamento del citado documento como proyecto de ley.

Como se sabe, la Compilación de Derecho Civil contiene las disposiciones relativas a la persona, familia, sucesiones, propiedad y contratos; es decir, regula las relaciones privadas de la ciudadanía.

La anterior Compilación databa de 1973, lo que aconsejaba una modificación y actualización normativa que se adaptase a las transformaciones sociales en el ámbito social y familiar de la sociedad navarra y la hiciese plenamente compatible con el resto del ordenamiento jurídico, aspecto que ya se llevó a cabo con la Ley Foral 21/2019. Esta modernización mantiene los principios tradicionales del derecho navarro: amplia libertad civil en el ámbito personal y dispositivo y preeminencia del pacto sobre la ley.

Además, existían razones de pragmatismo jurídico que aconsejaban una refundición legal, así como distintos ajustes sistemáticos derivados de la redacción de la Ley 21/2019.

Novedades del Fuero Nuevo

El texto consolidado refleja las novedades que ya recogía el documento de 2019. La Compilación mantiene sus 596 leyes, si bien divididas en un Libro Preliminar y cuatro Libros.

El espíritu actualizador se aborda en el Libro Preliminar desde su primera ley, que manteniendo el concepto de compilación, refleja su adecuación a la realidad social navarra y prevé la inclusión actualizada en su texto de instituciones ya reguladas en leyes especiales.

 El Libro Primero, De las personas, de la familia y de la Casa navarra, incluye una nueva figura de los patrimonios especialmente protegidos de las personas con discapacidad o dependencia en el ámbito familiar.

 Asimismo, se reconoce la heterogeneidad del hecho familiar, como realidad social plural y manifestación de los derechos fundamentales y libertades individuales de las personas, regulando el matrimonio, pareja estable (dando seguridad jurídica a la figura), relaciones de convivencia  que no han constituido pareja estable, familias reconstituidas o familias monoparentales.

 La “patria potestad” pasa a ser “responsabilidad parental” y se fomenta el pacto entre los progenitores como primera opción para regular las relaciones familiares y evitar la litigiosidad.

 Las modificaciones del Libro Segundo se concretan en el reconocimiento de la plena libertad de disposición mediante la supresión de instituciones de difícil compatibilidad con la Constitución y que eran fuente de importantes conflictos familiares que impedían la protección de parientes con especiales necesidades.

 Se refuerza la protección a la capacidad de testar, así como su eventual pérdida, en particular en el testamento de hermandad. También se aborda la intimidad del testador con limitaciones sensoriales y se establece una regulación propia de la indignidad para suceder, plasmada en los conceptos de ingratitud y desheredación.

 El actual Libro Tercero pasa a constituir dos Libros, uno para regular el derecho de bienes (Libro Tercero) y otro para ordenar el derecho de obligaciones, estipulaciones y contratos (Libro Cuarto). En ambos se han realizado modificaciones técnicas, entre las que destaca la protección de las personas contratantes y deudoras en situación de vulnerabilidad o crisis económica. Además, se introduce el término corresponsabilidad en lugar de coparentalidad.

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