Los magistrados, que no aprecian causa de especial urgencia, se pronunciarán la próxima semana sobre el recurso interpuesto por los hosteleros y restauradores
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rechazado suspender de forma cautelarísima (urgentísima) la orden foral dictada este miércoles por el Ejecutivo navarro que decretó el cierre de los establecimientos de hostelería y restauración ante el avance de la pandemia de la Covid-19.
Los recurrentes, la Asociación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Navarra y la Asociación Navarra de Pequeña Empresa de Hostelería, solicitaron ayer la medida cautelarísima de suspensión de la Orden Foral 57/20 contra estas medidas extraordinarias. Subsidiariamente, plantearon la misma reivindicación de forma cautelar (urgente).
La defensa de las asociaciones alegó que concurre la extraordinaria urgencia de que la resolución se dicte sin dar traslado a la parte demandada —el Gobierno foral— puesto que debido al cierre decretado desde este jueves “más de 18.000 navarros cerrarán sus negocios de hostelería y se marcharán a casa en cumplimiento de la Orden Foral recurrida. 18.000 familias que deberán afrontar quince días por delante sin actividad laboral, sin ingreso económico alguno”, remarcan en su recurso los demandantes.
Transcurridos estos quince días, según los recurrentes, muchos negocios “habrán cerrado definitivamente”.
A juicio de los hosteleros y restauradores, las cifras públicas demuestran que el ejercicio de su actividad no compromete el aumento de los contagios. “La Administración actúa sin criterio en la adopción de una medida radical como esta que ni siquiera tiene la seguridad de que vaya a tener efecto, sin refrendo técnico que lo motive y sin referentes en el resto de España y en Europa”.
En el auto, contra el que no cabe recurso, el Tribunal no aprecia la especial urgencia invocada por los demandantes. No obstante, la Sala ya adelanta en la resolución que procederá a dictar la próxima semana, una vez oída a la Administración demandada, un auto en el que se pronunciará sobre la medida cautelar (urgente) solicitada de suspender la decisión de cerrar los bares y restaurantes durante los próximos quince días.
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